Qué hacer si un cliente no paga una factura: opciones legales
Derecho Mercantil9 min de lectura

Qué hacer si un cliente no paga una factura: opciones legales

Los impagos son uno de los problemas más habituales para autónomos y pymes. Te explicamos paso a paso qué opciones legales tienes para reclamar una factura pendiente de cobro.

Equipo Lusvia

Redacción Legal

8 de enero de 2025

La realidad de los impagos en España

Los impagos son un problema endémico en España, especialmente para autónomos y pequeñas empresas. Según datos del INE, la morosidad empresarial afecta a más del 40% de las pymes, con un plazo medio de pago que supera los 80 días en algunos sectores.

Si tienes facturas pendientes de cobro, es importante que actúes con rapidez y conociendo tus opciones. Cuanto más tiempo pase, más difícil será recuperar el dinero.

Antes de acudir a la vía judicial

1. Revisa la documentación

Antes de iniciar cualquier reclamación, asegúrate de tener:

  • Factura emitida correctamente (datos fiscales, fecha, concepto, IVA...)
  • Albarán de entrega o justificante de prestación del servicio
  • Contrato o presupuesto aceptado (si existe)
  • Comunicaciones previas (emails, WhatsApp, burofax...)

Cuanta más documentación tengas, más fácil será demostrar la deuda.

2. Contacta con el deudor

A veces el impago se debe a un descuido administrativo o a problemas puntuales de tesorería. Un primer contacto amistoso puede resolver la situación:

  • Llama por teléfono para conocer la situación
  • Envía un recordatorio por email
  • Ofrece facilidades de pago si es necesario

3. Envía una reclamación formal

Si el contacto amistoso no funciona, envía un burofax con acuse de recibo reclamando el pago. Este documento:

  • Deja constancia fehaciente de tu reclamación
  • Puede servir como prueba en un juicio posterior
  • Muchas veces basta para que el deudor pague

En el burofax, indica el importe adeudado, el plazo para pagar (habitualmente 10-15 días) y la advertencia de que iniciarás acciones legales si no se produce el pago.

Opciones legales para reclamar impagos

Procedimiento monitorio: la vía más utilizada

El proceso monitorio es la forma más rápida y económica de reclamar deudas dinerarias. Está regulado en los artículos 812 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

#### Características del monitorio

  • No hay límite de cuantía (aunque para deudas menores de 2.000 € no se necesita abogado ni procurador)
  • Sencillez: se inicia con un formulario y la documentación de la deuda
  • Rapidez: si el deudor no se opone, se obtiene un título ejecutivo en pocas semanas
  • Coste reducido: no hay tasas judiciales para reclamaciones de menos de 2.000 €

#### Cómo funciona

  • Presentas la petición inicial con la factura y documentación
  • El juzgado requiere de pago al deudor
  • El deudor tiene 20 días para:

- Pagar: fin del procedimiento

- Oponerse: se transforma en juicio verbal u ordinario según la cuantía

- No hacer nada: se dicta decreto de ejecución

Si el deudor no paga ni se opone, obtienes un título ejecutivo que te permite embargar sus bienes.

Juicio verbal (hasta 15.000 €)

Si el deudor se opone al monitorio o prefieres ir directamente a juicio, el juicio verbal es la vía para reclamaciones de hasta 15.000 €.

  • Para deudas de hasta 2.000 € no es obligatorio abogado ni procurador
  • El procedimiento incluye una vista oral donde se practican las pruebas
  • La sentencia es ejecutable si el deudor no paga voluntariamente

Juicio ordinario (más de 15.000 €)

Para deudas superiores a 15.000 € debe acudirse al juicio ordinario, que es más largo y costoso pero permite reclamar cantidades elevadas y casos complejos.

Concurso de acreedores

Si tu deudor está en situación de insolvencia, puede que se haya declarado en concurso de acreedores. En ese caso:

  • Debes comunicar tu crédito a la administración concursal
  • Tu deuda se clasificará según su naturaleza (ordinaria, privilegiada, subordinada)
  • Cobrarás cuando haya reparto de masa activa, si la hay

Intereses de demora y costes de cobro

Además del principal de la factura, puedes reclamar:

Intereses de demora

La Ley 3/2004 de medidas de lucha contra la morosidad establece que, en operaciones entre empresas, el tipo de interés de demora es el del BCE más 8 puntos. En 2025, esto supone aproximadamente un 12% anual.

Compensación por costes de cobro

También puedes reclamar una cantidad fija de 40 € en concepto de costes de cobro, además de los gastos acreditados (burofax, abogado...).

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar una factura impagada?

El plazo de prescripción general para reclamar deudas entre empresarios es de 5 años (artículo 1964 del Código Civil). Para deudas con consumidores, también 5 años.

¿Puedo reclamar si no tengo contrato firmado?

Sí. La factura, los emails de encargo, los albaranes y cualquier otra documentación pueden servir para acreditar la deuda. Un contrato firmado facilita la prueba, pero no es imprescindible.

¿Merece la pena reclamar deudas pequeñas?

Para deudas de menos de 2.000 € puedes presentar el monitorio sin abogado ni procurador, y no hay tasas judiciales. El coste es mínimo (formulario y copias), por lo que suele merecer la pena.

¿Qué pasa si el deudor no tiene bienes?

Si obtienes una sentencia favorable pero el deudor no tiene bienes embargables (lo que se llama "insolvencia de hecho"), cobrar será muy difícil. Puedes mantener el derecho durante años, pero la ejecución quedará paralizada.

¿Puedo incluir al deudor en un fichero de morosos?

Sí, pero con condiciones:

  • La deuda debe ser cierta, vencida y exigible
  • Debes haber reclamado previamente el pago
  • Debes cumplir la normativa de protección de datos

La inclusión en ficheros como ASNEF o RAI puede presionar al deudor para que pague.

Estrategia recomendada paso a paso

  • Semana 1: Contacto telefónico amistoso
  • Semana 2: Recordatorio por email con plazo de pago
  • Semana 3: Burofax con acuse de recibo
  • Semana 4-5: Si no hay respuesta, valorar monitorio
  • Desde semana 6: Presentar petición de monitorio en el juzgado

Conclusión práctica

Reclamar impagos es un derecho, no una confrontación. Actúa con rapidez, documenta todo y no dejes pasar el tiempo. El proceso monitorio es accesible y efectivo para la mayoría de deudas.

Si la cantidad es significativa o el caso es complejo, consulta con un abogado especializado en reclamaciones de deudas. La inversión suele compensarse con creces si se recupera el dinero.

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